Nueva Ley de Tráfico y cómo afecta a los extranjeros
Publicado el 10 de Junio 2014
La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial fue aprobada el pasado 9 de mayo y ha supuesto una ampliación en la prohibición de la mayoría de los preceptos que se contemplaban en la antigua ley, sobre todo en lo que afecta a las personas extranjeras que viven en España.
El objetivo primordial que se persigue dentro de la Unión Europea con esta nueva ley es homogeneizar la Ley de Tráfico en todos los países miembros, del mismo modo que se ha hecho con otras leyes. Por eso, entre otras cosas, obliga a todos los países a colaborar entre ellos y a intercambiar toda la información de tráfico y seguridad vial que sea necesaria para un buen control de las infracciones y las sanciones.
Colaboración entre países de las UE en la nueva Ley de Tráfico
La nueva Ley de Tráfico hace especial hincapié en la colaboración y el intercambio de información con otros países, especialmente en cuanto a infracciones cometidas por un vehículo de un Estado miembro en otro país de la Unión Europea. Esto facilita la capacidad recaudatoria de la Dirección General de Tráfico y fuerza, en cierto modo, al cumplimiento de las leyes de tráfico de los países de la Unión. Este intercambio de información será obligatorio en casos específicos como por ejemplo el exceso de velocidad, la no utilización del cinturón de seguridad o la conducción bajo los efectos del alcohol.
Todos los vehículos que se utilicen en territorio nacional deberán estar matriculados en España
Una de las lagunas que existía en la legislación de tráfico hasta ahora era que resultaba muy complicado gestionar las sanciones de personas residentes en España pero con vehículos matriculados en otros países. Por eso, a partir de ahora los vehículos de extranjeros residentes en España deberán estar matriculados aquí.
Hasta el momento, a los extranjeros que vivían en nuestro país se les exigía que pagasen el Impuesto Especial, pero no era necesario matricular el coche en España. El desarrollo y la concreción de este artículo se hará en el Reglamento que se publicará el próximo mes de junio.
Los vehículos inseguros no podrán ser trasladados a otros países
Como consecuencia de la ampliación del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020 de la ONU, a partir de ahora no se podrán dar de baja definitiva por traslado a otro país aquellos vehículos que no cumplan con los requisitos medioambientales y de seguridad exigidos.
El objetivo es reducir las importaciones y exportaciones de coches, tanto nuevos como de segunda mano, que no son seguros. Este precepto, que tendrá su desarrollo en el Reglamento de Vehículos, promoverá la colaboración entre los países miembros de la Unión Europea para que sea más efectiva.
Por supuesto, los extranjeros, tanto los residentes en nuestro país como los turistas, se verán afectados por otros preceptos de esta nueva ley afectan a todos los conductores de vehículos en España:
– Multas por consumo de alcohol: Se mantiene la multa de 500 euros y la retirada de 4 ó 6 puntos de carné, y se aumenta a 1.000 euros para quienes doblen la tasa permitida y para conductores reincidentes en este delito.
– Multas por consumo de drogas: Se amplía el precepto y se prohíbe, de ahora en adelante, conducir con presencia de drogas en el organismo, sin que sea necesario demostrar el efecto de su consumo sobre la conducción. La multa es de 1.000 euros y supone la retirada de 6 puntos.
– Obligación de someterse a los controles: Todos los usuarios de la vía, tanto conductores de vehículos como peatones, están obligados a someterse a pruebas de alcoholemia y drogas, sin necesidad de tener que verse envueltos en un accidente y sin haber cometido ningún tipo de infracción.
– Prohibición del uso de detectores de radar: Tanto el uso de detectores como de inhibidores de radar está prohibido y se castigará a quienes incumplan esta ley con 200 euros de multa y la retirada de 3 puntos del carné.
– Multa por atropello de animales de caza: En caso de atropello a especies cinegéticas, el conductor siempre tendrá la responsabilidad, excepto en el caso de que el atropello se produzca como consecuencia directa de una acción de caza.
– Multa sin notificación inmediata: Otro de los cambios de esta ley es que a partir de ahora los agentes podrán denunciar sin necesidad de notificárselo en el momento a la persona afectada. Esto será posible siempre que el agente denunciante no disponga de medios para llevar a cabo una persecución del vehículo y, por supuesto, que esté realizando labores de vigilancia en el momento que se produce la infracción.
– Ampliación del plazo para pagar multas con descuento: Las personas que hayan sido sancionadas con una multa económica podrán beneficiarse de un descuento del 50% siempre que paguen en los siguientes 20 días posteriores a la denuncia.
– Inmovilización de vehículos por diferentes causas: La autoridades de seguridad podrán inmovilizar vehículos que no dispongan de los sistemas de retención infantil obligatorios.
– Multas por menores que viajen en el asiento del copiloto:Los menores que midan menos de 1,35 metros no podrán ocupar el asiento del copiloto, excepto en el caso de que el resto de asientos del vehículo estén ocupados por menores que no superen esa altura o el coche no disponga de vehículos traseros. El incumplimento de esta ley supondrá una multa para el conductor de 200 euros, además de que el vehículo afectado podrá ser inmovilizado por los agentes de seguridad.
Foto de portada: Stephan Geyer via Flickr cc