Más multas con la nueva Ley de Tráfico
Publicado el 20 de Mayo 2014
Este viernes 9 de mayo entra en vigor una nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que será más bien una ampliación de los preceptos de la anterior, y que, por lo general, será más prohibitiva, sobre todo en lo referente a determinados aspectos, como la conducción bajo los efectos de las drogas, del alcohol, o la utilización de dispositivos de detección de radares.
Las sanciones que afectan a los conductores de vehículos se han endurecido y algunas de las multas económicas han aumentado su cuantía, tal y como explica la Dirección General de Tráfico, con el objetivo y de proteger y aumentar la seguridad de los usuarios de la vía pública.
Algunas de las modificaciones de esta nueva Ley de Tráfico son las siguientes.
Multas por conducir bajo los efectos de las drogas
Como ya se contemplaba en la anterior Ley de Tráfico y como se recoge en el Código Penal, conducir bajo los efectos de las drogas es un delito, es decir, una infracción penal, siempre que se superen los límites establecidos.
La infracción administrativa aumenta de 500 a 1.000 euros de multa y supone la retirada de 6 puntos, como hasta ahora. No habrá necesidad de demostrar el efecto de las drogas en el conductor y su conducción, ya que bastará con realizar una prueba salival mediante un dispositivo autorizado. Por tanto, para poder poner la sanción administrativa, se deberá probar la «mera presencia» de drogas en el conductor del vehículo.
Aquí quedan excluidas las sustancias como la metadona, por ejemplo, que se ingieran con fin terapéutico o bajo prescripción médica.
Multas por conducir bajo los efectos del alcohol
La sanción de 500 euros por conducir con tasas de alcohol superiores a las permitidas (0,25 miligramos por litro de aire espirado, y 0,15 para conductores noveles y profesionales) se mantiene, además de la retirada de 4 a 6 puntos del carnet.
La novedad es que para los conductores reincidentes que ya hayan sido multados por conducir bajo los efectos del alcohol en el plazo de un año y para aquellos que dupliquen la tasa permitida, la multa será de 1.000 euros.
Una de las novedades de la Ley de Tráfico que entra en vigor el 9 de mayo es que tanto los conductores como los viandantes estarán obligados a someterse a los controles de alcoholemia y drogas. Hasta ahora los peatones sólo tenían la obligación de hacerlo si habían cometido una infracción o estaban involucrados en un accidente de tráfico.
Multas por utilizar detectores de radar
La nueva Ley de Tráfico recoge de forma expresa la prohibición del uso de detectores de radar, incluso las personas que los utilicen para sus viajes deberán desactivar esta función en los navegadores. Quienes incumplan esta norma serán sancionados con 200 euros de multa y la retirada de 3 puntos de carné.
La prohibición de la utilización de inhibidores se mantiene, y sigue suponiendo la retirada y de seis puntos y una multa de 6.000 euros. Por tanto, ni detectores ni inhibidores, solo serán legales los avisadores de radar.
Multas por velocidad
Actualmente el límite de velocidad máxima es de 120km/k, incluso en zonas limitadas a 130km/h, y esto se mantiene. Pero se prevé la posibilidad de aumentarlo a 130 kilómetros hora en algunos tramos de autopista y autovías.
Sin embargo, la ley no modifica el límite a partir del cual el exceso es delito, sino que es el Código Penal el que lo determina. Así, existe delito en vía interurbana cuando circulamos, al menos, a 80 km/h por encima del límite permitido. Por tanto, en una carretera con un límite máximo de 120 kilómetros hora, estaremos cometiendo un delito si vamos a 200 km/h.
Además, también se abre la puerta a reducir la velocidad máxima permitida en 10km/h en carreteras secundarias. Pero todo esto no se hará hasta la aprobación en junio del Reglamento General de Circulación.
Cuidado con los niños en el coche
Aunque este asunto se desarrollará en el Reglamento previsto para publicación en junio, la nueva ley recoge la prohibición de que los menores que midan menos de 1,35 metros viajen en los asientos delanteros (hasta ahora los menores de 12 años podían hacerlo si se utilizaba el sistema de retención infantil requerido). La única excepción es que los demás asientos del vehículo estén ocupados por menores que tampoco lleguen a esta altura o que el vehículo no tenga asientos traseros.
Para quienes incumplan esta ley se les impondrá una multa de 200 euros y, además, las autoridades podrán inmovilizar el vehículo denunciado.
Otras multas
Otros de los preceptos que se recogen en esta nueva ley los recogemos a continuación:
- Plazo del pago de multas: Se incrementa el plazo para abonar las multas con el descuento del 50% de 15 a 20 días naturales, así como para hacer las alegaciones necesarias.
- Multas sin necesidad de notificar la denuncia en el acto: Los agentes, siempre que estén de servicio y realizando labores de control de tráfico, podrán denunciar a un conductor sin tener que notificárselo en persona. Además, otro requisito para que puedan hacerlo, es que no dispongan en ese momento de medios para perseguir al vehículo.
- Inmovilización de vehículos: Los agentes podrán inmovilizar vehículos en los que viajen menores sin un dispositivo de retención adecuado, así como los vehículos para los que se exigen los permisos C y el D y los conduzcan personas sin autorización. También se podrá restringir la circulación a determinados vehículos por motivos medioambientales.
- Multas por adelantamientos a ciclistas: Cuando adelantamos a personas que circulan por una carretera en bicicleta debemos guardar una distancia de separación lateral de al menos 1,5 metros. Además, como ocupar todo o parte del carril contrario para realizar el adelantamiento está permitido, nos sancionarán si con esa maniobra ponemos en peligro u obstaculizamos a los ciclistas.
- Multas por atropello de especies cinegéticas: Hasta ahora, en caso de atropello a animales de caza, el conductor sólo era responsable si había incumplido las normas de circulación, pero con la nueva ley, lo será siempre. La única excepción que se recoge es en caso de que el accidente se produzca como consecuencia de una caza colectiva de especies de caza mayor (animales salvajes de mayor tamaño que un zorro) y tenga lugar durante el día de la cacería o como máximo, hasta 12 horas después de que finalice.
Hay también otras reformas contempladas pero que no estarán vigentes hasta que no se apruebe el Reglamento General de Circulación, previsto para junio.
Foto de portada: brizzle born and bred via photopin cc
