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¡Evita caer en la trampa de la velocidad!

Publicado el 18 de Noviembre 2014

Ya tenemos que tener un cuidado especial para que no recibir una multa por exceso de velocidad. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha cambiado, sin previo aviso, los criterios en cuanto a los límites de exceso de velocidad. Hasta ahora ha habido un margen de error de los radares de un 10%, lo que era beneficioso para los conductores, ya que tenían un pequeño margen antes de recibir una multa por superar los límites.

Si, por ejemplo, el límite de velocidad era de 120 km/h, los radares comenzaban a multar a partir de 130 km/h, aproximadamente. Este «margen de tolerancia» se ha reducido, por lo que en casos como el de este ejemplo se sancionará a partir de 126 km/h en el caso de un radar fijo, y de 128 km/h en el caso de los radares móviles. Esencialmente esto significa que el margen de «gracia» se ha reducido de un 10% a un 5% en los controles fijos y a un 7% de los controles móviles.

En el caso de que el límite de la carretera sea inferior a 100 km/h, el margen de tolerancia es ahora de 5 km/h en los radares fijos y de 7 km/h en los radares móviles.

Por tanto, debemos tener muy claro que la DGT ha reducido el margen de error de los radares, pero los límites de velocidad siguen siendo los mismos.

Como siempre, queremos que disfrutes de tus vacaciones y que no tengas sorpresas innecesarias, así que por lo tanto, asegúrate de respetar los límites de velocidad para evitar multas y retiradas de puntos del carnet de conducir.